ÚLTIMA HORA

LITIO: EL SECRETO, SANGRE, SUDOR, Y LÁGRIMAS

14.03.2018 17:23

A pesar de que nuestro verano suele acallar las voces para tomar descanso, el tema del Litio y los acuerdos entre SQM y Corfo, no han podido pasar desapercibidos.

Ello resulta sintomático, porque han existido eventos como la visita del Papa Francisco y la instalación de un nuevo gobierno, que podrían haber hecho suficiente ruido ensordecedor, para que todo hubiere pasado sin que nadie reclamara nada.

En otros artículos hemos hablado sobre este tema, y hoy nos asiste el convencimiento que hay algo que no cuadra. Llama la atención el esfuerzo que se hace por explicar las supuestas bondades económicas, argumentos que confrontados con otras voces, que difieren de Corfo hacen al menos dudar de tales ventajas y de la forma en que se gestó este acuerdo en trámite.

Cabe preguntarse si es suficiente razón para que el Estado de Chile, pacte con Soquimich que el resultado impositivo pueda resultar atractivo. Hace un tiempo se ha escrito que hay cosas que no se pueden comprar con dinero y hay quienes también sostienen que casi todo se puede comprar con dinero.

Veamos en este caso que es lo que se está comprando con dinero y si efectivamente ese dinero pudiera llegar a ser realidad. Deberíamos simplemente concluir que por un lado, se está entregando una verdadera concesión, disfrazada de renovación de un arriendo de una parte de nuestro territorio rico en Litio y que Chile adquirió con la sangre, sudor y lágrimas de toda una nación llevada a una situación extrema que obligó a una dura guerra. En cierto modo, ese gran esfuerzo nacional, que resultó exitoso hoy es entregado para su desarrollo y lucro a grandes transnacionales, que poseen poderosas herramientas internacionales y no pocos y buenos asesores chilenos para lograr sus objetivos.

Pero hay otra cosa que tampoco se puede comprar con dinero o al menos no se debiera, que es la dignidad de un Estado que según dichos de las autoridades, habría sido obligado por circunstancias judiciales y presiones internacionales a llegar a un acuerdo con una empresa que desde hace años se preparó urdiendo una compleja telaraña con el sistema político, contribuyendo al margen de la ley a financiar actividades políticas electorales, legislativas, de estudios y otras que nunca se sabrán, porque nos encontramos en el proceso de enterrar lo ocurrido por razones de Estado, que claramente algunos no divisamos.

Repetimos de esta forma, después de más de cien años una actitud obsecuente y poco inteligente, frente a una riqueza natural semejante como ha ocurrido con el Salitre y el Cobre, se ha privado al país de uno de los raros casos en que podíamos ser reales líderes tecnológicos o al menos asociarnos en serio para potenciar una riqueza del futuro próximo, en materias eléctricas, atómicas y materiales de nuevo cuño en transporte.

La campaña orquestada para defender este acuerdo es muy sugerente y llama la atención que haya tantos oídos sordos. Llama poderosamente la atención que no se conozca aún al acuerdo celebrado ante el Árbitro, que hasta la fecha no es informado, salvo las modificaciones a un contrato por escritura pública, que es la forma como se ha arropado a la nueva operación.

Así el país no conoce el texto de la transacción y cuando decimos el país, es que no lo conoce el poder legislativo ni ha sido debatido en un consejo de gabinete y seguramente tampoco será enviado a la Corte de Apelaciones cuando se informe un recurso de protección presentado por personas agrupadas en organizaciones Atacameñas que reclaman por el daño al medio ambiente y que no se sabe si fue enviado a la Contraloría General de la República y a la Comisión Chilena de Energía Nuclear.

Por si lo anterior fuera poco, hoy estamos conociendo que el Estado a través de Codelco, sí puede explotar el litio y entonces cabe la pregunta de porqué se llegó a este acuerdo con Soquimich y la respuesta seguramente la dará el tiempo cuando lleguen los verdaderos compradores de las acciones, quizás potencias extranjeras o empresas estatales.

Así Chile repite profundamente agravado un error histórico.

* Ramón Briones y Hernán Bosselin.

 

MINISTRA EN VISITA PROCESA A MIEMBROS DEL EJÉRCITO POR DESAPARICIONES Y SUSTRACCIÓN DE MENORES

11.03.2018 17:19

La ministra en visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel Marianela Cifuentes dictó autos de procesamientos en contra de miembros en retiro del Ejército de Chile por  2 casos de  secuestros calificados y 2 casos de  sustracciones de menores ocurridos entre fines de  septiembre al 10 de noviembre 1973 y en la comuna de la San Bernardo, Pirque y San Miguel.

En la resolución (causa rol N° 62-2011) la ministra Cifuentes  sometió a proceso y prisión preventiva a Eduardo Octavio Silva Bravo, Juan Carlos Nielsen Stambuk, Jorge Eduardo Romero Campos, Alfonso Faúndez Norambuena, Osvaldo Andrés Magaña Bau y Óscar Hernán Vergara Cruces en calidad de autores de los delitos de secuestro calificado de Francisco Eugenio Viera Ovalle a partir de fines de septiembre de 1973 en la comuna de Pirque y de sustracción de menor agravada, en grado consumado  de Héctor Enrique Hernández Garcés a partir del 27 de septiembre de 1973 en la comuna de San Bernardo.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:

a) Que, el día 27  de septiembre de 1973, en horas de la tarde, militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo detuvieron, sin derecho a Héctor Enrique Hernández Garcés, de 17 años, estudiante del DUOC, en  su domicilio ubicado en calle Alfonso Donoso N°401, Población sur, comuna de San Bernardo.

b) Que, acto seguido, Hernández Garcés fue trasladado al campo de prisioneros que la Escuela de Infantería  de San Bernardo mantenía al interior del cerro Chena, lugar en el que se le mantuvo encerrado, sin derecho y sometido a malos tratos.

c) Que, asimismo, a fines de septiembre de 1973, al interior del fundo "Principal" de la comuna de Pirque, militares de la dotación  de la Escuela de Infantería  de San Bernardo detuvieron, sin derecho a Francisco Eugenio Viera Ovalle, estudiante de la Universidad Técnica del Estado

d) Que, acto seguido, Viera Ovalle también fu trasladado al campo de prisioneros que la Escuela de Infantería  de San Bernardo mantenía al interior del cerro Chena, lugar en el que se le mantuvo encerrado, sin derecho y sometido a malos tratos.

e) Que, en la época de los hechos, el referido campo de prisioneros se encontraba a cargo de los Capitanes de Ejército Eduardo Octavio Silva Bravo, Juan Carlos Nielsen Stambuck y Jorge Eduardo Romero Campos, y del Teniente de Ejército Alfonso Faúndez Norambuena.

f) Que, en el contexto temporal antes indicado, cumplieron funciones en el mencionado Campo de Prisioneros, como interrogadores el Subteniente Osvaldo Andrés Magaña Bau y oficiales de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, entre ellos Óscar Hernán Vergara Cruces.

g) Que, finalmente, entre el 6 y 11 de octubre de 1973, al interior del citado campo de prisioneros,  Héctor Enrique Hernández Garcés   y Francisco Eugenio Viera Ovalle fueron ejecutados, al margen del ordenamiento jurídico, mediante múltiples disparos con arma de fuego.

En tanto, en causa rol N°11-2012, la ministra Cifuentes proceso a Alfonso Faúndez Norambuena, Osvaldo Andrés Magaña Bau, Óscar Hernán Vergara Cruces, Roberto Arcángel Rozas Aguilera y Sergio Heriberto Ávila Quiroga en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Luis Heriberto Contreras Escanilla, cometido a partir del día 10 de noviembre de 1973 en la comuna de San Miguel, y de sustracción de menor en contra de Luis Heriberto Contreras Peñaloza, cometido a partir del día 10 de noviembre de 1973 en la comuna de San Bernardo.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:

a) Que, el día 10 de noviembre de 1973, en horas de la noche, militares de dotación de la Escuela de Infantería de San Bernardo, detuvieron, sin derecho, a Luis Heriberto Contreras Escanilla, en su domicilio, ubicado en Pasaje Porto Alegre N° 5742 de la Población Brasilia de la comuna de San Miguel.

b) Que, acto seguido, la referida patrulla militar detuvo, sin derecho, al hijo de Contreras Escanilla, Luis Heriberto Contreras Peñaloza, de 16 años, en un inmueble de la Población Carbomet, sector Nos, comuna de San Bernardo.

c) Que, posteriormente, ambos detenidos fueron trasladados al Campo de Prisioneros que la Escuela de Infantería de San Bernardo mantenía al interior del Cerro Chena, lugar en que se les mantuvo encerrados, sin derecho, y se les sometió a interrogatorios y malos tratos.

d) Que, en esa época, el Campo de Prisioneros del Cerro Chena se encontraba a cargo del Teniente de Ejército Alfonso Faúndez Norambuena.

e) Que, asimismo, en el contexto temporal antes indicado, cumplieron funciones en el mencionado Campo de Prisioneros, como interrogadores, el Subteniente de Ejército Osvaldo Andrés Magaña Bau, el Teniente de Carabineros Sergio Heriberto Ávila Quiroga y los oficiales de la Policía de Investigaciones Osear Hernán Vergara Cruces y Roberto Arcángel Rozas Aguilera.

f) Que, el día 15 de noviembre de 1973, al interior del referido Campo de Prisioneros, Luis Contreras Escanilla, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad administrativa o judicial correspondiente, fue ejecutado, al margen del ordenamiento jurídico, mediante múltiples disparos con arma de fuego.

Ver procesamientos

62-2011 (PDF)

11-2012 (PDF)

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