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JUSTICIA CONDENA A ÁLVARO CORBALÁN Y OTROS 16 EX CNI POR CRÍMENES DE LA OPERACIÓN “ALFA-CARBÓN”

06.05.2018 10:11

Justicia condena a Álvaro Corbalán y otros 16 ex CNI por crímenes de la Operación “Alfa Carbón”

Ministro en visita Carlos Aldana, dictó condenas por los homicidios calificados de siete miembros del MIR, ocurridos entre el 23 y 24 de agosto de 1984. Sentencia incluye el pago de una indemnización de $810 millones a los familiares de las víctimas.

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, condenó a 17 ex miembros de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por los homicidios calificados de siete miembros del MIR.

Los hechos ocurrieron entre el 23 y el 24 de agosto de 1984, en las comunas de Talcahuano (actualmente Hualpén), Concepción, Los Ángeles y Valdivia, en el marco de la denominada “Operación Alfa Carbón”.

Las víctimas fueron: Luciano Humberto Aedo Arias, Nelson Adrián Herrera Riveros, Mario Octavio Lagos Rodríguez, Mario Mujica Barros, Juan José Boncompte Andreu, Rogelio Tapia de la Puente y Jaime Barrientos Matamala.

La sentencia incluye una condena al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $810 millones a los familiares de las víctimas, de acuerdo con las cifras determinadas para cada caso.

Según consta en el dictamen, el ministro Aldana estableció que en 1984, el jefe de la CNI de Concepción, el mayor del Ejército Jorge Mandiola, recibió antecedentes de la rearticulación en la zona del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), logrando detectar a algunos de sus dirigentes. Tras informar al coronel del Ejército, Marcos Derpich Miranda, se nombró al mayor del Ejército Álvaro Corbalán Castilla como jefe de la División Antisubversiva para neutralizar a los miembros del MIR que estaban operando entre las regiones del Biobío y de Los Ríos, operativo denominado “Operación Alfa Carbón”.

Corbalán ordenó que varios equipos, integrados por personas de las distintas Brigadas de Santiago, financiados por la División Antisubversiva, se trasladaran a Concepción, Los Ángeles y Valdivia, donde realizaron diversos allanamientos y detenciones, sin existir órdenes ni procesos judiciales.

Ante estos hechos, en su resolución, el magistrado condenó a Marcos Spiro Derpich Miranda y Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla a 20 años de presidio como coautores de todos los homicidios calificados, y 5 años y un día de presidio como coautores de asociación ilícita.

En tanto, Patricio Lorenzo Castro Muñoz, deberá purgar una pena de 15 años y un día de presidio por los tres homicidios de Valdivia; y 5 años y un día como coautor de asociación ilícita. Mientras, el agente Jorge Camilo Mandiola Arredondo fue condenado a 15 años y un día años de presidio como coautor de los homicidios calificados en Talcahuano, Concepción y Los Ángeles.

Por su parte, los agentes Roberto Antonio Farías Santelices y Luis Hernán Gálvez Navarro, fueron condenados a la pena de 10 años y un día de presidio, como coautores del homicidio calificado de Talcahuano. Asimismo, José Abel Aravena Ruiz, Luis Enrique Andaur Leiva, Sergio Agustín Mateluna Pino y Patricio Alfredo Bertón Campos fueron sentenciados a la pena de 10 años y un día de presidio como coautores del homicidio calificado en Concepción.

Otros condenados fueron José Artemio Zapata Zapata y Bruno Antonio Soto Aravena, quienes deberán cumplir una pena de 10 años y un día de presidio como coautores del homicidio calificado de Los Ángeles; y Oscar Boehmwald Soto y Ema Verónica Ceballos Núñez, que fueron castigados con una pena de 10 años y un día, como coautores de un homicidio calificado de Valdivia.

Finalmente, Gerardo Meza Acuña y Luis René Torres Méndez fueron sentenciados a la pena de 15 años y un día, como coautores de dos homicidios calificados en Valdivia. Por este mismo hecho, Luis Alberto Moraga Tresckow, fue sentenciado a 5 años de presidio, concediéndose el beneficio de la libertad vigilada.

MINISTRO EN VISITA ACUSA A CARABINERO EN RETIRO DE SECUESTRO CALIFICADO DE CUATRO AGRICULTORES MAPUCHE

05.05.2018 10:03

Ministro en visita acusa a carabinero en retiro de secuestro calificado de cuatro agricultores mapuche

El ministro en visita de causas de derechos humanos de las cortes de apelaciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, acusó al carabinero en retiro Domingo Antonio Campos Collao como autor del secuestro calificado de Ceferino Antonio Yaufulem Mañil, de Miguel Eduardo Yaufulem Mañil, de Oscar Rumualdo Yaufulem Mañil y de Samuel Huichaillán Levian, ocurridos en Lautaro, en junio del año 1974.

El ministro en visita de causas de derechos humanos de las cortes de apelaciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, acusó al carabinero en retiro Domingo Antonio Campos Collao como autor del secuestro calificado de Ceferino Antonio Yaufulem Mañil, de Miguel Eduardo Yaufulem Mañil, de Oscar Rumualdo Yaufulem Mañil y de Samuel Huichaillán Levian, ocurridos en Lautaro, en junio del año 1974.

En la investigación (causa rol 45.354) el magistrado determinó que:

A.- Que a partir del 11 de septiembre de 1973 en la 1° Comisaría de Carabineros de Lautaro el mando a cargo de la unidad, entre los que se cuentan al Mayor Jorge Enrique Schweizer Gómez y al Capitán Marcial Edmundo Vera Ríos, organizó y coordinó un grupo especial de carabineros entre los que se encontraban Juvenal Santiago Sanhueza Sanhueza, Enrique Ferrier Valeze, Mario Ponce Orellana, un Carabinero y el Cabo Domingo Antonio Campos Collao, entre otros, quienes bajo las órdenes del Teniente José Orlando Huerta Ávila colaboraron con personal de ejército del Regimiento La Concepción de Lautaro, realizando patrullajes conjuntos por la zona rural dependiente de la unidad policial antes indicada, a la vez que procedían a indicar los nombres y domicilios de personas que posteriormente fueron detenidas y llevadas a la Comisaría para ser interrogadas en distintas dependencias de esa unidad; o que fueron retiradas por este grupo especial de carabineros y personal militar para ser llevados a lugares desconocidos hasta la fecha.

B.- Que Ceferino Antonio Yaufulem Mañil, pequeño agricultor mapuche, 24 años, casado, un hijo, sin militancia política conocida, fue detenido en la ciudad de Lautaro con fecha 11 de junio de 1974, durante la mañana, por funcionarios de Carabineros de dicha ciudad, entre los que se encontraba el cabo Domingo Antonio Campos Collao, tras haberse desplazado a dicho lugar, desde su domicilio ubicado en la comunidad mapuche Curanilahue, con el propósito de vender carbón y comprar mercadería y madera para la construcción de su casa. Durante la tarde su domicilio fue allanado por carabineros.

Tras no haber llegado a su domicilio, su familia realizó una serie de diligencias para dar con su paradero, ante lo cual su padre don José Segundo Yaufulem Pinto, fue detenido por funcionarios de Carabineros de Lautaro, siendo conducido a la Comisaría local, donde pudo observar al interior de uno de los calabozos a su hijo Ceferino Antonio, quien fuera brutalmente golpeado. Al día siguiente, vio cómo su hijo era retirado por funcionarios de Carabineros, tras lo cual se desconoce todo antecedente acerca de su paradero.

C.- Los hermanos Oscar Rumualdo Yaufulem Mañil, pequeño agricultor mapuche, 18 años, soltero, sin militancia política conocida y Miguel Eduardo Yaufulem Mañil, 25 años, soltero, pequeño agricultor Mapuche, sin militancia política conocida, fueron detenidos con fecha 11 de junio de 1974, aproximadamente a las 14:30 h., por funcionarios de Carabineros de Perquenco, entre los que se encontraba uno de la dotación de la Comisaría de Lautaro, quien correspondía al cabo Dominigo Antonio Campos Collao, en su domicilio ubicado en la comunidad Mapuche Curanilahue, comuna de Lautaro. A ambos hermanos los obligaron a salir de su casa con las manos en la nuca y los hicieron caminar hasta llegar al camino hacia Curacautín, donde les esperaba una camioneta. Luego fueron conducidos a un río cercano donde procedieron a sumergirlos.

D.- Los padres de los hermanos Ceferino Antonio, Miguel Eduardo y Oscar Rumualdo Yaufulem Mañil, realizaron numerosas diligencias y averiguaciones tendientes a determinar el paradero y suerte de sus hijos, sin lograr resultado alguno, permaneciendo hasta hoy en calidad de detenidos desaparecidos.

E.- Que Samuel Huichaillán Levian, pequeño agricultor mapuche, casado, tres hijos, sin militancia política conocida, fue detenido durante la mañana del 11 de junio de 1974, por funcionarios de Carabineros de Lautaro, entre los que se encontraba el cabo Domingo Antonio Campos Collao, en su domicilio ubicado en la comunidad indígena Quiñaco Manzanar, comuna de Lautaro. Testigo de lo anterior fue su cónyuge doña Petronila Rañil Llanquilén, quien fuera fuertemente golpeada por el grupo aprehensor, pudiendo observar, además, cuando golpeaban fuertemente a su cónyuge a orillas del estero Quiñaco, a metros de su domicilio. Posterior a su detención se perdió todo rastro de su persona.

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